El Año Santo compostelano
La Diócesis de Santiago de Compostela recibió en 1122 el privilegio de conceder la Indulgencia Plenaria. El Papa Calixto II otorgó este poder para perdonar a todos aquellos peregrinos que durante el Año Santo visitaran el sepulcro del apóstol Santiago.
El Año Santo o jubileo compostelano se celebra cada vez que el 25 de julio, día de la festividad del Apóstol, cae en domingo. Un acontecimiento que se da cada seis, cinco, seis y once años.
Durante 365 días, los peregrinos que llegan a la Catedral de Santiago pueden ser perdonados por los pecados que hayan cometido. Para ello deben visitar el templo, rezar alguna oración y recibir los sacramentos de la penitencia y de la Comunión.
Como símbolo del jubileo compostelano, cada 31 de diciembre previo al inicio del periodo santo, la Catedral abre su Puerta Santa. Tiene su acceso a través de la Plaza de Quintana, y su apertura se acompaña de un ritual inspirado por la Iglesia de Roma. Todos los peregrinos que crucen la Puerta Santa durante el jubileo alcanzarán el perdón a través de la humildad y la penitencia.
Para todo aquel que acude al templo, es tradición asistir a la misa del peregrino. Finalizada la eucaristía, los feligreses abrazan la escultura sedente del apóstol Santiago, situada en el Altar Mayor, y bajan a la cripta para rezar una oración frente al sepulcro del Apóstol.
Origen del Año Santo
El Año Santo se inspira directamente de una tradición judía descrita en el Antiguo Testamento. La celebración se entendía como un periodo de santificación y regeneración del creyente. A través del sonido de un ióbel, instrumento fabricado con los cuernos del carnero, se anunciaba el inicio del periodo.
Este origen es el que en la Edad Media inspiró a la Iglesia a conceder la indulgencia a las causas del cristianismo. De los acontecimientos puntuales, pasaron a establecer periodos estables de perdón, inspirados por el Antiguo Testamento. Así se conformaron los años jubilares.
Las primeras referencias al Año Santo se recogen en un documento del rey Juan II de Castilla. En él se cita el año iubileo de 1434. En relación con el perdón que se otorgaba también se refiere a estos periodos como años de la perdonança.